jueves, 16 de febrero de 2012

DIVORCIO POR INTOLERABILIDAD DE LA VIDA EN COMUN

Si tu intencion es divorciarte en El Salvador, debes poner atencion a los siguente:
Los divorcios en El Salvador, como en todos los paises necesita de ciertos requisitos para poderse tramitar.
En Art. 106 del Código de Familia Regula los motivos para decretar el DIVORCIO a saber:

  • Mutuo Acuerdo
  • Separación de forma absoluta por mas de un año consecutivo
  • Intolerabilidad de la Vida en Común
El Art 106 en su Ordinal 3 establece claramente que "El Divorcio podrá decretarse:.. 3°.) Por ser intolerable la vida en común  entre los cónyuges. Se entiende que concurre este motivo, en caso de incumplimiento grave o reiterado de los deberes del matrimonio, mala conducta notoria de uno de ellos o cualquier otro 
hecho grave semejante...". 
Debemos entender que dentro de los deberes de los cónyuges encontramos los deberes  de orden personal, 
los cuales tenemos: 
  1. de Cohabitación,  
  2. el deber de asistencia mutua, en toda circunstancia
  3. deber de respeto, tolerancia y consideración. 
Muchas veces uno de los conyuges falta a sus deberes conyugales para con su pareja, lo que hace que en muchos casos sea intolerable la vida en comun, ya que cuando se falta al deber del respeto y la tolerancia la situacion puede inclusive llegar al maltrato físico y verbal. lo que volvería intolerable la vida 
en común entre ellos.
Esta Causal muchas veces no es solo de alegarla, sino también de saberla probar, ya que en muchos de los casos el divorcio no se decreta porque la persona que demanda y a quien corresponde la cargad e la prueba, no aporta los elementos necesarios e indispensables para poder probar la intolerabilidad.
   El hecho que se alegue una infidelidad puede ser motivo para alegar la intolerabilidad que hay de la vida en común; pero como dije antes, "todo lo que se alega tenemos que probarlo".


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