domingo, 11 de diciembre de 2011

EL DIVORCIO REMEDIO



En Art. 106 del Código de Familia Regula los motivos para decretar el DIVORCIO a saber:
  • Mutuo Acuerdo
  • Separación de forma absoluta por mas de un año consecutivo
  • Intolerabilidad de la Vida en Común
El Art 106 en su Ordinal 3 establece claramente que "El Divorcio podrá decretarse:.. 3°.) Por ser intolerable la vida en común  entre los cónyuges. Se entiende que concurre este motivo, en caso de incumplimiento grave o reiterado de los deberes del matrimonio, mala conducta notoria de uno de ellos o cualquier otro 
hecho grave semejante...". 
Debemos entender que dentro de los deberes de los cónyuges encontramos los deberes  de orden personal, 
los cuales tenemos: 
  1. de Cohabitación,  
  2. el deber de asistencia mutua, en toda circunstancia
  3. deber de respeto, tolerancia y consideración. 
Muchas veces uno de los cónyuges falta a sus deberes conyugales para con su pareja, lo que hace que en muchos casos sea intolerable la vida en común, ya que cuando se falta al deber del respeto y la tolerancia la situación puede inclusive llegar al maltrato físico, verbal y psicológico; lo que daría lugar a la violencia intrafamiliar; es por ello que  se habla del Divorcio Remedio  como alternativa o salida a esta deplorable situación. 

    Ahora bien nuestra legislación es clara en cuanto a quien de los cónyuges podrá solicitar el divorcio y establece que  solo podrá ser solicitado por el cónyuge que no haya participado en los actos o hechos que originaren el motivo. (Art. 106 inc 2 Código de Familia)

Pero ¿ que pasaría  si ambos cónyuges han participado de los actos o hechos que originan el motivo del divorcio?
Pues bien ya hay jurisprudencia al respecto y se ha establecido que no obstante hay un vacío de ley en cuanto a este punto, la Cámara de Familia ha sido del criterio que aquí es visto el divorcio como remedio, pues es preferible poner fin a una relación que por los hechos de intolerabilidad se llega al punto del maltrato físico, verbal o psicológico, y ante esta situación lo preferible para evitar mayores daños y secuelas, y evitar un mal mayor, y mas si hay hijos por medio evitando un daño psicológico para los menores, pues se están desarrollando en un ambiente nada sano, se ha determinado que aunque ambos cónyuges son victimas y victimarios a la vez, es preferible decretar el divorcio que seguir en una relación dañina para todos los miembros de la familia.
Siempre va a suceder que es uno de los cónyuges es el que lleva mayor responsabilidad en los hechos hostigantes y el otro no hace mas que responder asimismo con agresividad a tales hechos.

Mi consejo es que se busque ayuda de todo tipo, espiritual, psicológica, terapias de parejas, y hacer un esfuerzo para poner en practica la TOLERANCIA, si todo esto no resulta, pues aquí en este tipo de divorcio se encuentra el remedio para el mal.





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