¿Que se entiende por Unión no Matrimonial?
Se entiende la constituida por un hombre y una mujer que no tuvieren impedimento legal para contraer matrimonio entre si (no estar casado) tengan vida en común y que cumplan con los requisitos siguientes:
- No estar casado
- Permanencia en el tiempo; es decir tener mas de 3 años de vida juntos
- Continuidad y Estabilidad; que la relación sea sin Interrupción, es decir continúa
- Notorio: Quiere decir que tiene que ser una relación pública, y no en secreto, que sea del conocimiento de la sociedad la existencia de la relación.
Es de aclarar que la Declaratoria de existencia de la Unión no matrimonial se tiene que solicitar vía Judicial ante el Juez de Familia competente.
Procedencia:
Ruptura de la relación; una vez haya finalizado la relación se podrá acudir ante el Juez de Familia a solicitar tal declaración
Fallecimiento de alguno de los convivientes.
¿En que casos es procedente o necesario pedir tal declaratoria?
- Para reclamar derechos sucesorios, es decir seguir diligencias de Aceptación de herencia.-
- Para solicitar Protección para vivienda familiar.
- Para iniciar el correspondiente juicio de Responsabilidad Civil.
¿En que tiempo se puede solicitar tal Declaratoria?
Dentro del año siguiente contado desde la fecha de la Ruptura de la relación o del fallecimiento de uno de los convivientes.
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